Estos cambios en la factura suponen un peaje con discriminación horaria en términos de potencia y energía que beneficiará a cerca de 19 millones de consumidores que hasta ahora no contaban con distinción horaria. Por el contrario, la factura de las personas que estaban ya acogidas a esta discriminación aumentará.
De esta forma se establecen dos periodos para la potencia: la potencia punta, de 8 de la mañana a las 24 horas de lunes a viernes y la potencia valle, que será más barata desde las 24 horas hasta las 8 horas los días laborales y durante las 24 horas del día los sábados, domingos y festivos.
En cuanto al consumo, habrá tres periodos: El periodo de punta: con el precio más elevado, de 10 de la mañana a 2 de la tarde y de 6 de la tarde a 10 de la noche de lunes a viernes no festivos. El periodo de llano: un precio menos caro de 8 a 10 horas, de 2 a 6 de la tarde y de 10 a 12 de la noche. Los periodos horarios de punta y llano se desplazan una hora hacia adelante en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. El periodo de valle: con un precio reducido comprende las horas nocturnas (de 0 horas a 8 de la mañana) y todas las horas del sábado y el domingo y festivos de ámbito nacional.
El nuevo sistema diseñado por el Ministerio de Transición Ecológica y la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC), aseguran que en los tramos valle el coste de la luz será hasta un 95 % más barata que en la hora punta. Además, según la CNMC, «más del 50% de las horas del año son valle».
Estos cambios buscan evitar inversiones innecesarias en la red, facilitar la carga del vehículo eléctrico a un precio reducido, aumentar el consumo de electricidad en detrimento del consumo de energía precedente de combustibles fósiles y facilitar una transición a una economía baja en emisiones.
Este nuevo peaje se asigna automáticamente por lo que el consumidor no tendrá que hacer nada. En el caso de los consumidores acogidos al PVPC (precio voluntario para el pequeño consumidor), los comercializadores de referencia deberán aplicar los nuevos precios establecidos para los términos de potencia y energía del PVPC, con los tramos horarios indicados anteriormente.
En el caso de consumidores en el mercado libre, el comercializador debe adaptar el precio del contrato para incorporar la diferencia de costes regulados, pudiendo optar entre: Adaptar el precio del contrato a los nuevos periodos de energía y potencia. O bien, mantener los tramos de precios que el consumidor tuviera acordado previamente en su contrato (precio fijo todo el día, precios diferentes entre semana/fin de semana, etc), trasladando al precio la diferencia de costes que resultaría para su perfil de consumo.
En cualquier caso, el comercializador deberá comunicar estos cambios al consumidor con la suficiente antelación
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